Tipo Test del Salario y la Nómina
Llevamos toda la vida creyendo que el salario viene de “salarium” por ser la sal (🧂un bien valioso) la forma de pago de soldados y funcionarios en la época romana🏛️. Pero llega la historia y nos saca del error. Puede que salario y sala compartan etimología pero lo cierto es que los romanos no cobraban su salario en sal. Lo vemos.
La retribución de los servicios prestados por los funcionarios y soldados romanos se llamaba stipendium. El error parece que se debe a una mala traducción de un texto de Plinio el Viejo sobre el termino “salaria anona” refiriéndose a un impuesto a la sal. Pero en 1771, los filólogos Facciolati y Forcellini confundieron impuesto con ingreso, y dieron lugar a este mito que ha llegado hasta hoy.
Te lo explican en “el condensador de fluzo”
A vueltas con el Salario mínimo Interprofesional.
La existencia de un Salario Mínimo, siempre plantea un intenso debate entre políticos, economistas, laboralistas, y organizaciones empresariales y sindicales.
- A las empresas siempre (o casi siempre) les parece que es mucho, porque lógicamente eso bajará sus beneficios y la creación de empleo.
- A los trabajadores y sus representantes sindicales, siempre les parecerá poco, porque los precios de la vida suben y las familias (en especial las que cobran el SMI) no llegan a fin de mes.
- Algunos economistas dirán que destruirá empleo, porque ahora contratar será más caro. Pero otros dirán que todo lo contrario: a mayor salario, mayor consumo, mayor ahorro y por tanto mayores ventas para las empresas y mayor empleo.
Vamos a reflexionar sobre ello. ¿Tu que opinas?
Para que puedas establecer tu propio criterio compara las imágenes. En la primera tienes la evolución del empleo desde 2006. En la segunda el SMI desde 2008. ¿Y ahora qué piensas?
El siguiente asunto sujeto a polémica es hasta qué punto notamos los trabajadores la subida y en qué se traduce la misma, sea cual sea la cuantía de tu retribución. Te lo explicamos en esta infografía:
Cada vez que se aprueba una subida del Salario Mínimo Interprofesional, todos esperamos que nuestra nómina mejore. Esto no siempre ocurre, ya que las empresas aplican la regla de la Absorción y compensación salarial. Y sabes: tu empresa no te sube porque ya cobras por encima de SMI.
Ahora bien: ¿con qué retribuciones pueden ser compensables?
Como el Estatuto de los trabajadores no lo dice, son los tribunales los que generalmente lo aclaran, que exige que sea superior su retribución en conjunto y en cómputo anual y que los complementos sean homogéneos y estables.
Aunque su interpretación puede variar porque dependerá de lo que se haya pactado expresamente bien en el Convenio colectivo o en el contrato individual, serían compensables, por ejemplo:
- Salario base y Pagas extraordinarias.
- Mejoras de la propia empresa, por ejemplo: plus de convenio, asistencia, incentivos y paga de beneficios.
No serían compensables los complementos sujetos a cualquier condición del rendimiento o del trabajo realizado.
Ahora veamos qué opinas de los siguientes complementos: indica si tienen o no carácter salarial y si es compensable según tu criterio.
- El salario en especie
- El complemento de productividad y plus de actividad por cantidad o calidad de trabajo.
- El plus de nocturnidad y el de trabajo a turnos.
- El plus de peligrosidad.
- Horas extraordinarias pagadas con un salario superior al establecido en convenio.
- Complemento de destino.
- Plus de dedicación.
- Plus de idiomas.
- La gratificación por cargo.
- Las indemnizaciones y suplidos (plus de vestuario, dietas, distancia, locomoción, alojamiento, etc. )
Ahora veamos qué cantidad te pueden embargar si tienes un salario de 1800€, donde 1500€ son S. Base y complementos salariales y 300€ son cuantías extrasalariales. Explica también cómo se embarga la paga extra, diferenciando cuando se cobra prorrateada (en 12 pagas) y cuando no (14 pagas).
Como sabes, el SMI también se usa para ver las cantidades cubiertas por el FOGASA, en caso de que tu empresa no te pague por problemas económicos o situaciones parecidas.
Aquí tienes las cantidades vigentes en 2024, teniendo en cuenta la última subida del SMI.
Límites FOGASA | Cuantía |
---|---|
Doble del SMI diario, paga extra incluida | 87,79 € |
Tope de 120 días de salario. | 10.534,80€ |
Indemnización máxima (anualidad) | 32.043,35€ |
No cubre todo pero algo es algo. | 😏 |
Indica si esos mismos criterios se usan para la protección de las cantidades cubiertas por el FOGASA y en los créditos salariales. ¿Qué cantidades estarían cubiertas de su protección y cuáles no en cada caso?
Por último, vamos a ver si sabes realmente interpretar y confeccionar tu nómina.
Para que lo puedas comprender más fácilmente, aquí tienes un ejemplo de una nómina.
Modelos de nómina para descargar
Para que puedas hacerla con facilidad aquí tienes las Bases Mínimas y Máximas vigentes en 2024, teniendo en cuanta la subida del 5% aprobada por el Gobierno. La máxima queda fijada para 2024 en 4.720,50 y la mínima asciende al SMI vigente con las pagas extras incluidas (1323€). Aquí tienes el resto
Hay contratos o situaciones que cotizan de forma especial, por ejemplo:
Durante las situaciones de Incapacidad Temporal, cuando estás en ERTE con reducción de jornada, contratos a tiempo parcial, trabajadores del hogar y del régimen agrario o los formativos entre otros.
Desde 2024 cotizan tus prácticas de empresa (ella no paga porque lo bonifica el Gobierno el 95% + 5% restante al ser de FP). Solo por contingencias comunes y AT/EP, por lo que no te servirá para pedir el paro pero sí para tu pensión.
Se penaliza a la empresa que haga contratos inferiores a 30 días: 3 x base mínima diaria grupo 8 x tipo C. Comunes
Por ejemplo, en los Contratos a Tiempo Parcial, la Base mensual será la suma de retribuciones sujetas a cotización y a IRPF respectivamente, y parte proporcional de descanso semanal, festivos, pagas extra. Y debe estar dentro de los límites de las bases legales según el grupo de cotización.
Grupo | Grupo profesional | Base mínima |
---|---|---|
1 | Ingenieros, licenciados, peritos, alta dirección etc. | 11,13 |
2 | Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados | 9,23 |
3 | Jefes Administrativos y de Taller | 8,03 |
4 a 11 | Ayudantes y subalternos no titulados, oficiales o auxiliares administrativos… | 7,97 |
En los contratos de formación en alternancia, cuando cotice por la Base mínima, la empresa ingresará unas cuotas únicas que se bonifican si se cumplen los requisitos (salvo el MEI)
Concepto | Empresa | Trabajador | Total |
---|---|---|---|
Contingencias Comunes | 56,61 | 10,69 | 63,30 |
MEI | 7.31 | 1,51 | 9,26 |
Ac. Trabajo Enf. Prof. | IT 3,82 +IMS 3,56 | 7,38 | |
Desempleo (*) | 5,50%*Base Mín. Cont Prof | (1,55%*B. mín.) =20,51€ | 93,27 |
FOGASA | 4,07 | 4,07 | |
Formación Profesional | 2 | 0,26 | 2,26 |
Si cotiza por encima de la base mínima, sumará a las anteriores cuotas únicas, las que resulten de aplicar los tipos de cotización generales al exceso.