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Actividades La Jornada Laboral y su tiempo de descanso

jornada labora, permisos de trabajo, vaciones retribuidas, vacaciones no retribuidas, descanso en el trabajo
ÍNDICE DE CONTENIDOS

Cuestionario Tipo Test de La Jornada Laboral, Vacaciones y Permisos

1. Miguel, de 16 años, tiene un contrato indefinido con una jornada de 8 horas diarias. Por tanto:
2. Entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo...
3. En caso cuidado de hijo con cáncer o enfermedad grave con hospitalización o tratamiento continuo y permanente.
4. ¿De cuánto debe exceder la duración de la jornada diaria continuada para que se establezca un período de descanso y cuánto dura éste para los mayores de 18 años??
5. La duración del descanso semanal de los menores de dieciocho años será, como mínimo, de:
6. Un menor de 18 años:
7. Previo aviso y justificación posterior a la empresa el trabajador podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por enfermedad o fallecimiento de un familiar hasta segundo grado
8. Marta ha trabajado 2 días:
9. Previo aviso y justificación posterior a la empresa el trabajador podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por matrimonio...
10. ¿De cuánto debe exceder la duración de la jornada diaria continuada para que se establezca un período de descanso y cuánto dura éste para para los menores de 18 años?
11. El número máximo de horas extraordinarias al año a realizar por un trabajador será de:
12. Si en una empresa con trabajo a turnos ininterrumpidos, un trabajador no disfruta del descanso mínimo entre jornadas por un problema en el ajuste de las rotaciones...
13. Previo aviso y justificación posterior a la empresa el trabajador podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por traslado de domicilio...
14. Maía presta sus servicios de 7:00 a 18:00 horas durante todo el tiempo de vigencia del contrato de trabajo:
15. ¿En donde se establece la jornada real de un trabajador?
16. Un trabajador con una jornada ordinaria realiza dos horas extra con ocasión de un incendio en la empresa:
17. Incluyendo, en su caso, el tiempo dedicado a la formación, los trabajadores menores de 18 años no podrán realizar más de...
18. La duración de la ausencia por lactancia será de
19. La duración de las vacaciones, pactada en forma individual o colectiva nunca será inferior a:
20. Un trabajador realiza una jornada diaria de 10 horas durante dos semanas:
21. Todo trabajador tiene derecho a fiestas laborales:
22. En un centro comercial se trabaja desde las 6h de la mañana hasta las 23h de la noche. ¿Puede un trabajador reponedor reducir su descanso entre una jornada y otra?
23. Domínguez ha trabajado 15 días:
24. Salvo por convenio colectivo o acuerdo entre representantes de los trabajadores y respetando en todo caso el descanso semanal, el número de horas ordinarias de trabajo efectivo no podrá ser superior a...
25. Miguel, de 17 años, tiene un contrato para la formación con DUNEL, SA. En este caso:
26. Miguel, de 16 años, tiene jornada continua, con 6 horas de trabajo diarias:
27. Si un trabajador no ha disfrutado sus vacaciones por encontrarse de baja por Incapacidad Temporal
28. El permiso de lactancia
29. Un menor de 18 años tiene un contrato para la formación con una empresa del sector servicios:
30. Un trabajador que realice trabajo nocturno:
31. Las trabajadoras tendrán derecho por lactancia de un hijo menor de...
32. Alberto realiza una jornada que se distribuye de 18:00 h hasta las 2:00 h. En este caso:
33. Un trabajador con una jornada ordinaria realiza dos horas extra con ocasión de un incendio en la empresa:
34. El trabajador debe conocer la fecha de disfrute de vacaciones con una antelación al menos de:
35. La empresa:
36. Una trabajadora a turnos:
37. Durante la última semana de noviembre, un trabajador con un contrato a jornada completa, realiza 11 horas semanales. Esto significa:
38. Alberto realiza una jornada que se distribuye de 18:00 h hasta las 24:00 h. En este caso:
39. Maca presta sus servicios de 7:00 a 18:00 horas durante todo el tiempo de vigencia del contrato de trabajo:
40. La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual será:
41. Cuando decimos que podemos entrar y salir del trabajo cuando queramos siempre que lo hagamos dentro de un periodo de tiempo determinado decimos que tenemos:
42. Los trabajadores tendrán derecho a un descanso mínimo semanal de:
43. La reducción de jornada por cuidado de hijos menores de 12 años o con discapacidad o de familiares dependientes

 

Al inicio del tema vimos como se había regulado la jornada laboral en la historia hasta la situación actual. Como ya hemos comentado en otros temas, el reconocimiento de derechos laborales por los trabajadores y las Organizaciones Sindicales siempre ha contado con el rechazo de la patronal, o al menos de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), que son los que representan a las empresas, o al menos de las grandes, porque como sabemos los autónomos acaban siendo olvidados por ellas.

Llevamos 40 años sin mover la jornada laboral. Fue en 1983 cuando se fijó la máxima ente a las 40h semanales. Aquello fue todo un hito, porque en apenas 6 años se habían reducido desde las 48 horas semanales vigentes, hasta las 44 horas en,1976, las 43 horas semanales o de 42 horas en jornada continuada con el ET de 1980.

Tenía que pasar porque las 40 horas, junto con la ampliación de las vacaciones a 30 días naturales (que estaban en 23 días naturales) era una promesa electoral del PSOE de González, y fue aprobada por ley con una aplastante mayoría absoluta del Parlamento.

El lema de los sindicatos y del Gobierno era ‘Trabajar menos para trabajar todos'”, pero los empresarios pusieron el grito en el cielo, amenazando con que eso destruiría el empleo, causaría el cierre de empresas,….en fin lo mismito que dicen ahora. José María Cuevas (presidente de la patronal -CEOE) abrió una batalla judicial y declaró la insumisión a la nueva norma ante los medios de comunicación, llamando a las empresas a no acatarla (madre mía, un representante desobedeciendo la ley, al Parlamento y al Gobierno y llamando a la resistencia).

Tuvo que poner orden el Tribunal Constitucional que obligaba a las empresas aplica de forma inmediata la norma sobre convenios vigentes.

Para tranquilizar a la patronal, se le hizo una concesión, permitiendo la distribución irregular del horario dentro de la jornada anual, lo que permitía superar algunas semanas el límite de 40 horas, siempre que se compensara con la reducción en otras más cortas.

Aquello no gustó a los sindicatos. Acusaron al gobierno socialista de Felipe González de plegarse a la CEOE en ese cómputo anual de la jornada máxima, y marcó el inicio de la ruptura con la UGT (Unión General de Trabajadores, que hasta ahora había sido el brazo sindical del PSOE), en especial entre su secretario Nicolás Redondo y González.

Lo importante de todo esto es que, por suerte, los pronósticos fatalistas de las patronales no se cumplieron entonces, ni cada vez que se mejora un derecho laboral, aunque nos amenacen con ello, porque los datos dicen que la reducción de la jornada mejorará la productividad.

Ahora vamos al presente. Como sabrás, el Gobierno quiere pactar con los sindicatos y la patronal una reducción de la jornada máxima a 37 horas y media, empezando por bajar a 38h y media en 2024.

¿A quien afectaría la bajada de la jornada laboral?

Aunque en la práctica, gracias en gran parte al aumento de la productividad y los avances tecnológicos, se ha reducido la jornada de algunos trabajadores, sin embargo la mayoría trabajan por encima de estos limites, por lo que la reducción de la jornada laboral llegaría a unos 12 millones de personas según los sindicatos

Esto se debe a que la jornada pactada se ha ido reduciendo en distintos sectores a través de la negociación colectiva en los Convenios Colectivos, por lo que podemos encontrar muchas diferencias entre unos sectores y otros, como puedes ver en las imágenes.

Obsérvalas bien y extrae tus conclusiones

A ello se une que muchas personas exceden el limite de 40h porque tienen 2 empleos, algo que, de momento, la norma permite, aunque hay sentencias que se pronuncian sobre la necesidad de respetar el limite legal de descanso y los sindicatos también instan a regular su limitación.

El pluriempleo es heterogéneo. No es igual el caso de un médico o que compagina sus empleo en el hospital con consultas privadas, que el de las personas que se ven obligadas a buscar un segundo empleo para compensar sus salarios precarios, que según la EPA, afecta más a las mujeres, con jornadas parciales y peor remuneradas.

¿Cuál es el perfil de los pluriempleados en España? Puedes analizar los datos de la imagen que refleja las características de su primer y segundo empleo.

Datos del INE-2023 (Imagen de El diario.es)

En las imágenes tienes los datos ¿Qué conclusiones extraes?

Uno de los puntos claves a la hora de analizar la limitación de la jornada laboral es su impacto en la productividad. Quienes rechazan la reducción de las horas de trabajo, alegan que eso afectaría negativamente. Como siempre, lo mejor es acudir a los datos, comparando la jornada y la productividad en los países de nuestro entorno. Como ves estamos en la media de la UE y de la OCDE en jornada y en productividad. Lo llamativo es ver cómo los países de mayor productividad son frecuentemente los que tienen una jornada más reducida. ¿Qué conclusiones extraes?


Bueno, ahora vamos a ver lo que hemos aprendido después de estudiar el tema. Lo vemos con este juego que consta de distintas acciones:

  1. Para empezar arrastra (o dibuja un trazo de unión) cada concepto con el limite correspondiente, teniendo en cuenta que eres mayor de 18 años. Cuando acabes, pasa a la siguiente diapositiva interactiva, y únelos pensando que eres menor de edad por lo que habrá unos límites más estrictos en relación al tiempo de trabajo
  2. Habrás observado que se abren unas ventanas en cada casilla. Debes contestar a las preguntas que se esconden relacionadas con los imites del horario y la jornada y sus condiciones (Ojo, recuerda para responder, que en un caso eres mayor de edad y en la segunda plantilla eres menor).

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