Tipo Test de Modificación y Extinción del Contrato
La actualidad nos muestra cada día numerosos ejemplos de los cambios que hemos estudiado
En estos días Freixenet ha presentado un ERTE para 615 empleados por la sequía. La sequía que vivimos estos años, ha hecho que presente un Expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) para 615 empleados, el grueso de su plantilla, por fuerza mayor, que se implementará el próximo mes de mayo y afectará entre un 20% y un 50% de la plantilla.
CCOO lo ha rechazado al entender que es algo imprevisto, sino que exige un plan sectorial y han exigido a la dirección de la compañía que se siente “de forma inmediata a negociar” otras medidas para salvaguardar los puestos de trabajo.
¿Y tu que opinas?
Vamos a analizar con detalle estas situaciones
Caso 1: Modificación y movilidad.
Como hemos visto, desde que firmamos un contrato puede verse afectado por distintas situaciones y para que lo tengas claro, y sepas actuar en cada caso, vamos a construir con ellas un time line (puedes usar CANVA, Genially.…) que no es otra cosa que trazarlas en el tiempo de una manera visual gráfica.
Es decir, qué pasaría si tu empresa te aplica una movilidad funcional, un cambio geográfico, un cambio sustancial (jornada o salario) y una excedencia o suspensión.
Para facilitarte el trabajo aquí tienes unos ejemplos que perfectamente puedes encontrarte como profesional. Debes analizar los requisitos y consecuencias para las partes afectadas, osea, tu empresa y tu, indicando las alternativas y derechos que te asisten, inclusive la posible indemnización.
- Tu empresa te traslada a una localidad vecina que dista 8km. del actual centro de trabajo.
- Tu empresa te asciende de puesto de trabajo para cubrir una baja de 8 meses. No sabes cuanto cobrarás ni si te quedarás ahí.
- El año siguiente te pone a hacer funciones inferiores de manera temporal, para cubrir una baja. No sabe qué salario le corresponderá durante ese tiempo. Resulta que pasado un año te dice que ese cambio va a ser permanente.
- Te mandan a Valencia por cinco meses para abrir un nuevo Centro de trabajo.
- Tu empresa te comunica que va mover a 9, de los 30 trabajadores a una provincia diferente, por un tiempo de dos años para abrir un nuevo centro de trabajo.
- Tu empresa realiza un ERTE con una reducción de jornada del 40% por causas económicas y productivas durante 1 mes.
- Tu empresa decide por razones técnicas moverte al turno de trabajo de noche. Te lo justifica por escrito, pero daña gravemente situación personal y familiar, ya que en la noche debes cuidar a tu madre, que no puede quedarse sola y no sabes qué hacer.
Caso 2: Ahora vamos con la suspensión y la excedencia. Organizamos una dinámica grupal oral.
Primero vamos con la excedencia. Discute con tus compañeros de qué tipo de excedencia se trata, cuánto tiempo puede durar, si computa como antigüedad en la empresa y a efectos de seguridad social y si conservas tu plaza en el mismo estado para cuando vuelvas.
- Solicitas una excedencia en su empresa para desarrollar un proyecto de investigación en otra empresa por un año. Luego solicitas el reingreso, pero la empresa ha cubierto tu plaza.
- Solicitas una excedencia para cuidar de tu bebé por el tiempo máximo permitido.
- A los pocos años diagnostican a tu madre una enfermedad que requiere de cuidados directos y pides una excedencia por el máximo permitido.
- Acabas de ser elegida como concejal de urbanismo en el ayuntamiento de tu pueblo, con dedicación exclusiva así que tendrás que dejar aparcado tu empleo al menos los 4 años que dura la legislatura.
Ahora con la suspensión: discute con tu grupo en cuáles de estas situaciones percibes algún tipo de ingreso y si conservas tu plaza en el mismo estado.
- Realizas una huelga legal durante cinco días.
- Te operan de un brazo al haber sufrido una caída en la empresa.
- Tu compañero es detenido por haber participado en una reyerta y el juez ha declarado prisión preventiva.
- Tu empresa se ve afectada por un ERTE- Mecanismo RED para una recualificación sectorial.
Caso 3: Modalidades de extinción del contrato
La extinción es uno de los aspectos que ocasiona más litigios en las relaciones laborales, sobre todo cuando hablamos de despido. Vamos a ver si sabéis reconocer qué tipo de despido se ha producido y vuestros derechos en cada caso (procedimiento a seguir por la empresa, obligaciones y efectos, inclusive indemnización)
- Luis trabaja en una Asesoría donde se realizan prácticas delictivas (balances e impuestos falsos, ni facturar con IVA, etc.). Luis está indignado pero no quiere dimitir porque necesita el empleo.
- Tu empresa ha informatizado su sistema productivo y sin dar tiempo a que os adaptéis ha mandado una carta en la que le comunica el despido por falta de adaptación a las modificaciones técnicas.
- Un conductor de una línea de autobuses, ha perdido todos los puntos del carnet de conducir. La empresa le ha enviado una carta de despido por ineptitud sobrevenida.
- Tu empresa con 250 trabajadores, está pasando por una mala situación económica y considera que rescindiendo el contrato a 30 trabajadores podría salir adelante. Para ello decide despedirles por lotes de 5 trabajadores en periodos sucesivos de 90 días,
- Tu empresa ha notificado por WhatsApp la extinción del contrato eventual por circunstancias de producción de Luis, con el preaviso de 15 días.
- A los pocos días pillan a tu compañero usando el teléfono móvil en horario laboral, estando prohibido. Tras una bronca notifica sin preaviso por WhatsApp el despido.
- Tu amiga María acaba de perder a su bebé estos días y además de las molestias físicas y el choque emocional, ha sido despedida esta semana por su empresa, que alega una caída de la producción. Está destruida.
CALCULAR UNA INDEMNIZACION POR DESPIDO.
Para calcular la indemnización que tiene derecho un trabajador cuando finaliza un contrato es imprescindible tener claros el tipo de contrato que disfrutaba, el tipo de despido aplicado y la calificación judicial o por resolución administrativa:
TIPO DE DESPIDO | CLASIFICACIÓN | INDEMNIZACIÓN |
---|---|---|
Objetivo, Colectivo, Fuerza Mayor Traslado a otro centro no aceptado por el trabajador. | Procedente (es decir, la empresa ha acreditado la causa y ha cumplido el procedimiento) | 20 días de salario por año trabajado en la empresa (máx. 12 mensualidades) |
Modificación Sustancial Condiciones Trabajo y movilidad funcional extraordinaria | Procedente (justificada y sigue el procedimiento, pero produce un daño al trabajador) | 20 días de salario por año trabajado en la empresa (máx. 9 mensualidades) |
Despido Disciplinario (el trabajador incumple sus deberes) | Procedente (la empresa lo justifica y cumplió el procedimiento) | No recibe nada (solo desempleo) |
Cualquier despido individual o colectivo, F. Mayor, Objetivo, disciplinario… | Improcedente: la empresa no lo justifica o no cumple el procedimiento) | Desde 12/02/12: 33 días por año, máx. 24m. Hasta el 12/02/12: 45 días por año, máx. 42m (Si hasta el cambio supera 24m toma el máx. de 42 m, pero no puede acumular más del segundo tramo) |
Cualquier despido. | Nulo: Viola derechos fundamentales, despido durante embarazo, riesgo en embarazo o lactancia o baja por nacimiento o cuidado del menor. | El despido de entiende no celebrado. Readmisión inmediata del trabajador y abono de salarios de tramitación. |
Contratos temporales | Procedente por fin del tiempo y denuncia de las partes (en su contra sigue reglas del indefinido) | 12 días por año trabajado. |
Procedimiento para calcular una indemnización y finiquito:
Para ello seguimos los siguientes pasos:
1º) Cantidades adeudadas por el tiempo trabajado.
- Salario por días trabajados pendientes de cobro.
- Parte proporcional de vacaciones no disfrutadas en función del tiempo trabajado ese año.
- Parte proporcional de pagas extras, dependiendo de su devengo semestral o anual y del tiempo trabajado ese año.
2º) Indemnización= Salario diario x Años trabajados x número de días (según el tipo de despido)
- Días a Indemnizar. Se identifica el número de días de indemnización legal, según el tipo de despido (ver el cuadro), que deberemos multiplicar por la antigüedad del trabajador.
- Calcular la media diaria del salario anual, incluyendo todas las percepciones salariales
- Se multiplica los días de indemnización (cifra legal x antigüedad) por el salario diario.
Con estas cantidades debemos elaborar una nómina, con su correspondiente cotización y retención sobre las cantidades salariales, exceptuando la indemnización de no cotiza y solo tributa si excede los limites legales (a partir de 180.000€)