
Tanto si tu proyecto tiene un fin personal o profesional, como si acaba en un negocio, su puesta en marcha necesitará realizar el odioso papeleo y pagar alguna que otra tasa o impuesto. A nadie le gusta y seguramente pensaras que para que tanta burocracia e impuesto, pero lo cierto es que es la única forma de darle legalidad a los acuerdos y de poder tener pensiones, sanidad y educación , entre otras cosas. Recuérdalo la próxima vez que el YouTuber ese tan famoso trate de justificar por qué se ha ido a Andorra.
LA DOCUMENTACIÓN DEL PROYECTO
Tramites de Constitución y Puesta en marcha
Recuerda que antes de arrancar debes pasar un ritual de papeleo, aunque por suerte hoye se hacen en su mayoría por el Sistema de Tramitación Telemática (STT-CIRCE)
Vamos con el papeleo para constituir la forma Jurídica (crear un ente nuevo, separable de sus socios):
- Elaborar estatutos (y tener autorización administrativa de su legalidad)
- Certificación de que tu nombre no esta cogido en el Registro Mercantil o Reg. de Cooperativas
- Abrir cuenta bancaria si te exigen capital social mínimo (SL, SA, S. Laboral).
- Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
- Inscribirte en el Registro Mercantil o Registro de S. Laborales y Cooperativas Mº de Trabajo
- Ir al notario para formalizar la escritura pública (que da fe de todo lo que habéis creado)
- Código de Identificación Fiscal -CIF- en Hacienda para estar fichado y emitir facturas
Vamos con el papeleo de puesta en marcha, sobre todo si contratas a trabajadores.
- Debes comunicar la apertura de tu Centro de trabajo en la delegación de empleo,
- El Alta en la Seguridad Social y cotizar (Régimen General) incluido tu como autónomo (RETA). Te pedirán que digas como cubres las contingencias laborales (Mutua o INSS
- En la Agencia tributaria hacer la Declaración censal de inicio y Alta en IAE
- Permisos Municipales (apertura, obras, uso de cartel), Dominio web, Registro Mercantil, Registro de industria y propiedad intelectual, patentes, protección de datos, etc..
Si quieres saber más sobre la Forma Jurídica y sus trámites de constitución consulta este anexo.
Documentos implicados en la compraventa
Para llevar a cabo operaciones comerciales con seguridad, debes llevar unos documentos básicos.
El Pedido plasma cantidad y precio de un bien o servicios que el cliente te pide, o que tu pides a tu proveedor, sin obligarte a realizar la operación. Hoy es común el Dropshipping donde lo compra de un tercero y lo envía directamente al cliente.
El proveedor emite un Presupuesto informando del coste (IVA incluido) y demás condiciones (sin obligar a su realización).
El Albarán acredita a las partes la entrega correcta de la mercancía y posteriormente se envía la Factura, que acredita el pago y los datos fiscales de la operación

Los documentos de pago
Aunque los pagos electónicos han cambiado la forma de pago, conviene recordar algunos que perviven
Cuando quieras justificar que has pagado algo (o un cliente te lo pide) pide un recibo.
Si te pagan con un cheque, que solo lo puedes cobrar tu si va nominado, o cualquiera si es al portador, están dando una orden al banco para cargarlo en su cuenta.
Si te dan un pagaré te prometen que lo harán legalmente (no vale “se me ha olvidado”) en una fecha. Si firmas una Letra de cambio aceptas un pago aplazado por falta de liquidez, pero con fondos futuros cuando cobre algunas deudas pendientes.
Hoy es normal la transferencia bancaria, ordenando al banco pagar desde una cuenta a otra, que puede demorarse unos días. En cambio si es con tarjeta, aparece de inmediato, siempre que tengamos fondos si es de débito, o por un saldo superior si es de crédito aunque lleva comisión e interés. Paraa pequeñas operaciones se usa el pago instantáneo por bizum, tanto entre particulares como con empresas, usando el teléfono, sin necesidad de conocer el numero de cuenta, siempre sus bancos aceptan su uso.
LOS IMPUESTOS EN LA EMPRESA
No todo lo que se paga al Estado son Impuestos, aunque mucha gente lo meta todo el el mismo saco.
En sentido estricto, un impuesto es un tributo al que quedamos obligados por nuestra capacidad económica o por realizar actividades que lo demuestran, sin recibir por ello ninguna recompensa directa (aunque evidentemente, con ellos se paga bienes y servicios públicos, como al sanidad o la educación).
Así por ejemplo, no es un impuesto el pago de una tasa por una matricula universitaria, o por un permiso de obras, ya que en ambos casos, en realdad estamos pagando por un bien o servicio a cambio.
Los impuestos son competencia exclusiva del Estado aunque puede ceder su gestión en la administración local y autonómica. Como excepción País Vasco y Navarra, disponen de cierta autonomía fiscal.
Hay que diferenciar entre impuestos directos que recaen sobre la renta (IRPF), el patrimonio y los beneficios de particulares y sociedades (Impuesto de Sociedades) y los indirectos, que recaen sobre hechos concretos (ej. IVA que recae sobre el consumo) sin importar la renta de la persona.
En todos aparecen los siguientes elementos:
- Hecho imponible: circunstancia que da origen a la obligación de pago (ej. el hecho de ganar dinero)
- Sujeto pasivo: persona física o jurídica obligada al pago, Ej. quien percibe retribuciones en el IRPF.
- Base Imponible: cuantía sujeta, tras aplicar posible deducciones o recargos, Base Liquidable.
- Tipo Impositivo: porcentaje aplicado sobre la Base Liquidable.
- Cuota Tributaria: cuantía a pagar= Tipo Impositivo x Base Liquidable.
Recuerda que para que Hacienda te fiche como empresario o profesional o debes pedir el Alta Censal, y comunicar cuando cambien tus datos.
EL IVA ( Impuesto sobre el Valor Añadido)
Es un impuesto indirecto sobre consumo final, donde las empresas actúan como intermediarias entre el consumidor y Hacienda (la empresa no lo paga, solo lo recauda). Además del Régimen general, las personas físicas se acogen al simplificado (estimación objetiva de IRPF, por módulos (ej. agricultura) y o con recargo de equivalencia para comerciantes minoristas (que pagan a cambio de reducir papeleo).
Los tipos se aplican de forma variable, según los diferentes bienes servicios: Súper reducido, 4% (ej. alimentos de 1ª necesidad), Reducido, 10% (ej. alimentos, VPO, bienes básicos) y general, 21%.
Cuando tienen un gasto, soportan IVA y cuando tienen un ingreso, repercuten IVA al cliente. después hacen liquidaciones de IVA: IVA soportado – IVA repercutido a los clientes, y si es positivo, ingresarlo en Hacienda de forma trimestral (mensual en grandes empresas) en abril, julio; octubre y enero, que debe acompañarse del resumen anual. Si resultase negativa, se compensará en el siguiente trimestre y si la anual es negativa, se devolverá.
Impuesto sobre la renta de personas físicas
Tributo de carácter personal y directo sobre la renta de las personas físicas, según sus circunstancias personales y familiares, bajo los principios de igualdad, generalidad y progresividad. Al total de rentas anuales (Base Imponible), aplicamos un Tipo Impositivo variable, según la situación y renta del contribuyente (con un mínimo exento) con distintos tramos. La empresa aplica retenciones de la nomina de sus empleados y lo entrega en Hacienda en 4 trimestres (enero, abril, julio y octubre) aunque la declaración es anual (entre abril y junio, y puede salir a pagar, si has ganado más o a devolver, si te han retenido mas de lo que tocaba). Eso también lo hace el autónomo con sus ingresos.
Con la entrada del nuevo sistema de cotización por ingresos reales en el RETA, todo el que haya estado dado de alta como autónomo, debe presentar declaración (no hay exenciones). Hay dos regímenes: estimación objetiva del beneficio según unos módulos indicadores (plantilla, local,…), por lo que no hace falta presentar cuentas (eso quita papeleo por ej. a bares, fruterías, etc.). Y estimación directa que calcula el rendimiento a partir de sus ingresos y gastos, por lo que deben llevar todos los documentos (aunque hay una modalidad simplificada, con menos papeleo para empresas con menos ganancias).
El Impuesto de sociedades (IS)
Este impuesto recae sobre las empresas con forma de sociedad de cualquier residencia. No es progresivo como el IRPF (según renta), sino que se aplica el mismo tipo, y solo varía según el tamaño de empresa. El tipo general es 25%, aunque hay especiales (ej. 20% cooperativas protegidas, 15% nuevas empresas)
Recurso: EL PAPEL SOCIAL DE LOS IMPUESTOS
Actividad de Documentación y fiscalidad en la empresa
El IVA: el Gran Hermano que manda a Hacienda la foto instantánea de lo que hacen las empresas
Como sabrás muchas empresas esquivan ciertas obligaciones con prácticas irregulares, cuando no ilegales, rezando porque no se presente un inspector. Pues bien, ya no será un inspector quien te saque los colores, sino una máquina (Suministro Inmediato de Información- que suprime los tediosos formularios y registros. Ésta va a procesar (y a cruzar datos entre empresas proveedoras o clientes) la información masiva en tiempo real (sin dar tiempo a que se “maquille”) y en caso de ser incorrecta, dará la voz de alarma. Es así una potente herramienta de lucha contra el fraude, que además puede aportar datos sobre otros impuestos, o sobre las deducciones fiscales de las empresas.
Hacienda somos todos…. ¿o no somos todos?
A nadie le gusta pagar, pero no queda otra si queremos un Estado solvente, con infraestructuras y servicios públicos de calidad, que ayude a los ciudadanos y a las empresas a afrontar situaciones críticas y sirva de motor económico. De hecho, estamos muy por debajo de la media de presión fiscal de la UE. Ahora bien: ¿Cómo debe diseñarse el sistema fiscal para que además de recaudar ayude a redistribuir la renta como fija la Constitución. El Sindicato de Técnicos de Hacienda, Gestha, denuncia que las pequeñas y medianas empresas pagan el triple que las grandes sociedades, que nunca pagan lo que deben.
Defiende aumentar los impuestos directos (en función de la riqueza o los ingresos, como el de Patrimonio, el de Sociedades o el IRPF para las rentas más altas) en lugar de en los indirectos (que pagamos todos los ciudadanos por igual, como el propio IVA, aunque seamos pobres).
Del Impuesto sobre el patrimonio a las grandes fortunas te habla también el profesor de economía Eduardo Garzón en este video:
Faltan técnicos (en España son la mitad que en la media de la UE) para perseguir el fraude y la economía sumergida, que calculan en un 25%” del PIB, muy superior a otros países de la UE y piden poner “la lupa” en las grandes empresas, rentas altas y sociedades de inversión, que funcionan como paraísos fiscales. La nueva normativa obliga a los asesores fiscales, bajo amenaza de fuertes multas, a denunciar a sus clientes si les piden sacar dinero de España, y pone el foco en los españoles que “fingen vivir” para no pagar aquí.
Ahora vamos a ver qué opinas….
- ¿Qué ventajas e inconvenientes tiene trabajar “en negro”? ¿Qué gana y pierde la sociedad ?
- Busca información de los países con mayor y menor presión fiscal en la zona euro.
- Busca en la Constitución Española lo que exige acerca de nuestro sistema fiscal y analiza por qué Gestha pide aumentar los impuestos directos en lugar de los indirectos para cumplir con ella.
Ahora vamos con tu Proyecto …
- Indica qué tipo impuestos te afectarían, teniendo en cuenta tu forma jurídica y tu actividad.
- Busca información del calendario fiscal de esos impuestos y los modelos que debes presentar.
- Realiza un presupuesto para alguno de tus clientes y la factura final de la operación, identificando los impuestos que procedan